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El congreso aprobó la ley de etiquetado frontal en productos comestibles o bebibles

El Proyecto de Ley N° 167 de 2019 en Cámara y N° 347 de 2020 en Senado fue aprobado. Por medio de este se adoptan medidas para fomentar entornos alimentarios saludables y prevenir enfermedades no transmisibles y se adoptan otras disposiciones. El proyecto busca que los productos con cantidad excesiva de nutrientes “críticos” como azúcares, sodio y grasas saturadas, presenten un sello de advertencia según los límites establecidos por el Ministerio de Salud y Protección Social.

Esto sin lugar a duda marcará una pauta histórica en el país. En teoría, la población podrá reconocer los productos que pueden llegar a afectar su salud; sin embargo, es importante tener en cuenta que este tipo de pautas deben ir acompañadas de educación nutricional por parte de los expertos, es decir, nutricionistas y dietistas, ya que son profesionales con conocimientos y bases necesarias para brindar recomendaciones a los diferentes grupos etarios. No se trata de satanizar los alimentos, se requiere analizar el contexto fisiológico en el que se encuentra el ser humano donde incluso, las grasas saturadas, son necesarias para el adecuado funcionamiento del organismo, como en el caso de la primera infancia.

Se sugiere que ante las dudas sobre la alimentación y nutrición siempre se obtenga la información de fuentes confiables y recientes, artículos a partir de la evidencia científica y revistas indexadas que permitan entender lo que menciona la ciencia al respecto y así tener mayor claridad, pues la ciencia evoluciona y debemos educarnos basados en las fuentes de información adecuadas.

 

 

Artículo del Boletín N° 34 de Salud y Nutrición

Consulte aquí más contenido del Boletín Trimestral Informativo de Salud y Nutrición

 

 

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