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Normas NE 001 Cultivo y NE 002 Planta de Beneficio para la Producción de Aceite de Palma Sostenible de Colombia, el camino para lograr su actualización

Foto: archivo Fedepalma.

Por:

Denisce Lorena Meza González, Especialista en Planeación Sectorial y Desarrollo Sostenible


En el año 2022 se realizó la socialización de las normas para la producción de aceite de palma sostenible de Colombia NE 001 para cultivo y NE 002 para planta de beneficio en campo, con la asistencia del personal de Núcleos Palmeros, plantas de beneficio y equipos de extensión de las zonas palmeras del país, en la cual se recopilaron los comentarios y retroalimentación que los asistentes hicieron a las mismas. Como resultado, Fedepalma identificó la necesidad de llevar a cabo el proceso de actualización de las normas NE 001 y NE 002, el cual comenzó en noviembre y finalizó en diciembre del 2022. Este fue realizado por un equipo de trabajo liderado por la Gerente del Programa de Aceite de Palma Sostenible, Ximena Mahecha, el área de Normalización del Instituto Colombiano de Normas Técnicas y Certificación (ICONTEC) y el acompañamiento de la Corporación APSColombia. 

Los cambios propuestos para las normas fueron sometidos a consulta pública del 16 al 23 de diciembre, en la cual se recibieron comentarios por parte de: empresas palmeras, organizaciones como Tropical Forest Alliance (TFA), WWF y expertos técnicos de Cenipalma. Las observaciones obtenidas fueron revisadas por el comité de normalización del ICONTEC el 28 de diciembre, dando como resultado la actualización de las normas NE 001 Cultivo y NE 002 Planta de Beneficio.  

Los principales cambios y ajustes que se realizaron a las normas fueron: 

  • Inclusión y actualización de definiciones: 
  • Norma  NE 001 Cultivo: bosque natural, deforestación, equidad de género, nueva plantación (definición de fechas para nuevas plantaciones), renovación de plantación. 
  • Norma  NE 002 Planta de Beneficio: nueva Planta de Beneficio, programa para el uso eficiente y ahorro del agua, uso eficiente y ahorro del agua.  
  • Inclusión de la Guía para la Restauración y Compensación de Acciones de Deforestación Generadas en los Cultivos de Palma de Aceite y Plantas de Beneficio, la cual define las acciones para realizar la compensación o restauración ecológica para aquellas empresas que hayan incurrido en un proceso de deforestación entre enero de 2011 y diciembre de 2020. La guía considera compensaciones ambientales, relacionadas con el componente biótico (fauna, flora, cobertura vegetal y contexto paisajístico) de ecosistemas naturales terrestres continentales y vegetación secundaria, y compensaciones socioeconómicas, considerando de esta forma los tres componentes de la sostenibilidad. Esta fue estructurada con base en la información obtenida de los documentos: Manual de compensaciones del componente biótico y la cartilla de Restauración ecológica: principios y prácticas, elaborados por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.
  • Con respecto a la medición de las emisiones atmosféricas y gases de efecto invernadero, se incluye que las empresas, adicional a realizar la cuantificación de sus emisiones, deben desarrollar acciones orientadas a la mitigación de dichas emisiones.   
  • Con respecto a los requisitos de equidad de género se estableció que las empresas deben contar con políticas para la equidad de los géneros en el ámbito laboral, las cuales deben ser divulgadas a todos los trabajadores.  
  • Con respecto al cumplimiento y debida diligencia para la protección de los derechos humanos (DDHH), se incluye dentro del alcance como un deber el contar con mecanismos de prevención, mitigación y reparación frente a posibles afectaciones a los DDHH.   
  • Se realizó la actualización de las listas de referencias reglamentarias y bibliográficas de las dos normas.   
  • Adicionalmente, en la norma de cultivo se eliminaron especificidades técnicas relacionadas con la cosecha y mantenimiento del cultivo, dejando indicado en el requisito que es el productor quien establece bajo criterios técnicos las condiciones para realizar dichas actividades. Así mismo, en la norma de planta de beneficio, se eliminó el requisito de gestión de calidad del aceite enfocado a la diferenciación y separación del procesamiento de los frutos de acuerdo con los cultivares, debido a que este requisito se abordará más adelante en la medida que continúen avanzando los proyectos de calidad y trazabilidad que vienen desarrollando Fedepalma y Cenipalma. 

Con esta actualización, Fedepalma busca dar una mayor claridad en la aplicación de los requisitos de la norma y así promover la implementación de los 10 principios de Aceite de Palma Sostenible de Colombia en productores de pequeña, mediana y gran escala. Como Federación se busca que los palmicultores adopten este estándar como referencia para la implementación de las mejores prácticas para la producción de aceite sostenible y de esta manera resguardar su origen como un aceite sostenible, único y diferenciado.  

Consulte las normas aquí:

Norma  NE 001 Cultivo

Norma  NE 002 Planta de Beneficio

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